La Convención Marco de Naciones Unidas sobre Cambio Climático (CMNUCC) dispone que las acciones de los países en desarrollo con relación a la gestión climática están directamente relacionadas con la provisión de financiamiento por parte de los países desarrollados. Esta provisión ha sido ratificada en el Acuerdo de París que dispone que los países desarrollados deben asignar recursos financieros a los países en desarrollo para el cumplimiento de sus compromisos climáticos establecidos en sus Contribuciones Nacionalmente Determinadas (CND).
Pese a la claridad de los mandatos definidos en la Convención y en el Acuerdo de París, los países desarrollados han incumplido históricamente sus obligaciones de provisión de financiamiento y últimamente están en un afán sistemático de transferir las responsabilidades de financiamiento climático del sector público hacia el sector privado, a través del establecimiento de los mercados globales de carbono.
La disponibilidad de financiamiento climático adecuado, transparente, predecible, nuevo y adicional para los países en desarrollo es la clave para la implementación exitosa de sus acciones climáticas. La idoneidad del apoyo financiero y técnico sigue siendo un problema y una mayor ampliación de los fondos con confianza, ambición y transparencia creíbles por parte de los países Partes desarrollados es un requisito importante para un futuro resiliente al clima. Aumentar el nivel de ambición en los países en desarrollo tiene que estar en consonancia con una mayor ambición sobre los medios de implementación por parte de los países desarrollados, que después de todo, es la base de la cooperación internacional en el marco de la Convención y su Acuerdo de París.
Es necesario promover el apoyo financiero en el espíritu de la Convención, en particular respecto a la obligación legal de los países Partes desarrollados de proporcionar recursos financieros, incluida la transferencia de tecnología y la creación de capacidad, en el marco del principio de responsabilidades comunes pero diferenciadas (CBDR). Sin embargo, como se dicho anteriormente, el alcance, la escala y la velocidad de la financiación climática de los países desarrollados está rezagada y debe rectificarse.
Incumplimiento histórico de la provisión de recursos financieros
En la COP15 de Copenhague de 2009, los países desarrollados prometieron a los países en desarrollo un financiamiento de 100 billones de dólares anuales a partir de 2020, con el propósito de incentivar la formulación de un nuevo acuerdo climático, que concluyó con la redacción y aprobación del Acuerdo de París el 2015.
Vemos con preocupación que la meta de los países desarrollados de movilizar 100 billones de dólares anuales, a pesar de no ser una meta negociada entre los países, no se ha cumplido y tampoco responde ya a las necesidades de los países en desarrollo. Pese a los esfuerzos de los países desarrollados de cuantificar todos los recursos públicos y privados movilizados para enfrentar la crisis climática en todos sus ámbitos, éstos no han podido cumplir con este compromiso de financiamiento realizado años atrás, erosionando la confianza de los países en los procesos de negociación multilateral de la crisis climático. Se ha planteado que esta cifra solamente se alcanzará el año 2023.
Además, la cuantificación de esta cifra no tiene sentido porque incorpora diferentes actores incluyendo en particular inversiones privadas enfocadas en negocios climáticos verdes, préstamos no concesionales a países, canalización por múltiples fuentes sin posibilidad de ser contabilizadas, y donde incluso la deuda externa de los países está consignada en esta movilización y financiamiento. Esta visión del financiamiento climático es inaceptable e irresponsable.
Pago de la deuda climática
En el contexto del apoyo financiero a través del Mecanismo Financiero de la Convención es necesaria la asignación de una cuota fija anual de financiamiento para los países en desarrollo, considerando diversos criterios (sociales, económicos, ambientales). Cada país en desarrollo debería recibir recursos públicos de los países desarrollados para encarar los procesos y acciones nacionales de adaptación al cambio climático en los países en desarrollo. Este financiamiento deberá ser asignado anualmente de forma directa sin la carga de cumplir con requisitos burocráticos y en periodos cortos que permitan concretar acciones oportunas.
Nueva meta colectiva cuantificada de financiamiento
En la Convención Marco de Naciones Unidas se ha iniciado la negociación de una nueva meta colectiva de financiamiento climático, proceso que debería culminar el año 2024.
Al contrario de lo que sucedió con la meta de 100 billones anuales que fue una cifra no negociada y propuesta unilateralmente por los países desarrollados, el establecimiento de la nueva meta, debe ser el resultado de un proceso participativo. Debe haber una posición clara de los países desarrollados de que el nuevo objetivo es un resultado negociado, que incluirá la participación de todas las partes y que tendrá en cuenta las necesidades y prioridades de los países en desarrollo. Estos deberían ser los principios rectores de una hoja de ruta hacia 2024 que aborde estos problemas.
Acciones nacionales
A nivel nacional es importante el fortalecimiento de los procesos para la gestión de financiamiento siempre bajo el cumplimiento de las prioridades nacionales enmarcadas en la planificación nacional y los compromisos internacionales que asumió el país.
Se debe evaluar nuevos procedimientos expeditos que puedan mejorar las asignaciones financieras a efectos de responder de manera oportuna ante la emergencia climática nacional e internacional, que permitan la ejecución de programas y proyectos que se articulen, coadyuven y tengan un impacto cuantificable dentro de las metas ambientales del país, mismos que deben ser formulados, aprobados y después de un proceso de seguimiento continuo, finalmente evaluados por el Ministerio de Planificación del Desarrollo en coordinación con los sectores involucrados en las CND. Estas acciones permitirán un uso eficiente del financiamiento climático internacional.
- Formulación de la nueva meta colectiva cuantificada de financiamiento
- Acciones para fortalecer la gestión de financiamiento climático internacional
- Acciones nacionales para mejorar la asignación de recursos financieros con enfoque de gestión de la crisis climática
- ¿Cuáles son los aspectos claves para negociar una nueva colectiva cuantificada de financiamiento en la Convención de cambio climático?
- ¿Qué acciones debe desarrollar el país para acceder a financiamiento climático internacional?
- ¿Qué acciones deben realizarse para mejorar la asignación de los recursos financieros existentes con enfoque de gestión de la emergencia climática?
- ¿Cuáles son los mecanismos que tiene el Estado Plurinacional de Bolivia a efectos de poder agilizar los procesos del acceso a Financiamiento Climático?